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Cambios en el Impuesto sobre Primas de Seguros

Cambios en el Impuesto sobre Primas de Seguros

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Nuevo Impuesto sobre las Primas de Seguros

 Con motivo de la reciente aprobación del pasado 23 de diciembre, de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (en adelante la Ley), se modifica el tipo de gravamen del impuesto sobre primas de seguro del 6% al 8% con entrada en vigor el 1 de enero de 2021, día siguiente a su publicación en el BOE.

  • El tipo actual del 6% será de aplicación a aquellas pólizas de seguro que sean formalizadas y que tengan fechas de efectos anteriores a la fecha en que entre en vigor la Ley.
  • El tipo impositivo del 8% es de aplicación a las pólizas de seguro cuyos efectos se produzcan a partir de la fecha en que entre en vigor la Ley.

No obstante, se contempla una excepción relacionada con los pagos fraccionados de prima. En dichos supuestos, aplicará el tipo impositivo vigente en el momento en que la prima fraccionada sea exigible.

Finalmente, informamos que, en aquellos casos en los que el recibo de prima emitido incluya un tipo impositivo del 6%, cuando realmente debiera aplicarse un tipo impositivo del 8% (de acuerdo con lo indicado anteriormente), las compañías aseguradoras podrán emitir los correspondientes recibos suplementarios por la diferencia.

Para cualquier duda no deje de llamarnos, estamos para darle la máxima información. Contáctanos.

PD: Este impuesto tiene excepciones a algunos ramos a los que no se les aplica y son:

  • Los seguros sociales obligatorios y seguros colectivos que instrumenten compromisos de pensiones.
  • Los seguros de vida (fallecimiento)
  • Las operaciones de capitalización basadas en técnica actuarial.
  • Los seguros de asistencia sanitaria y enfermedad.
  • Los seguros de caución.
  • Los seguros de crédito a la exportación.
  • Los seguros agrarios combinados.
  • Los contratos de reaseguro.
  • Las operaciones de seguro relacionadas con el transporte internacional de mercancías o viajeros.
  • Las operaciones de seguro relacionadas con buques o aeronaves que se destinan al transporte internacional, con excepción de los que realicen navegación o aviación privada de recreo.