Cómo averiguar si un familiar fallecido tenía un seguro de vida
Cuando suceden los imprevistos suceden, son tan inesperados que en ocasiones no se tiene la oportunidad de dejar todos los asuntos en orden antes de partir.
En situaciones como estas, o cuando se trata de un familiar que vivía solo, es común preguntarse si dicho familiar, del cual puede heredarse bienes, tenía un seguro de vida. Es importante averiguar esta información, ya que, en caso de existir un seguro, este puede proporcionar un respaldo económico a las personas designadas como beneficiarias.
A continuación, explicaré el procedimiento que se debe seguir para obtener esta información.
¿Qué hacer cuando un familiar fallece?
¿Por qué plantearse la pregunta de si el familiar fallecido tenía un seguro de vida? Indistintamente de la situación, es fundamental planteársela ya que, de no hacerlo y existir una póliza, esta podría quedar sin cobrar.
Es importante tener en cuenta si existen productos financieros como préstamos, hipotecas o tarjetas de crédito en el inventario de bienes del fallecido, puesto que las pólizas de vida pueden estar vinculadas a productos bancarios cuya finalidad es garantizar su amortización o pago. Por lo tanto, si existen productos financieros de este tipo es necesario seguir los pasos correspondientes para determinar si había una póliza de seguro de vida asociada a ellos ya que no siempre las pólizas de vida se contratan de forma independiente.
Es posible que la familia desconozca la existencia de estos seguros.
El Ministerio de Justicia ha establecido el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento con el propósito de proteger a la ciudadanía en caso de fallecimiento de sus familiares. El objetivo de este registro es informar a las personas interesadas sobre la existencia de una póliza y la compañía o entidad con la cual está asociada. De esta manera, podrán solicitar la indemnización que les corresponda.
Los seguros de vida ofrecen protección en caso de fallecimiento o invalidez de la persona que los contrata. Además del rendimiento que se obtiene por la prima invertida, los familiares y dependientes que contaban con los ingresos del fallecido pueden recibir un pago único o una renta, de acuerdo a las decisiones previas del asegurado. En caso de existir deudas pendientes con entidades bancarias, el capital del seguro puede cubrir dichas obligaciones.
Cómo averiguar si un familiar tenía un seguro de vida
Aunque cualquier gestión de este tipo pueda parecernos un trámite engorroso y complejo, en realidad es bastante sencillo pues consiste en presentar una simple solicitud al registro público mencionado o a una Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia.
La consulta puede realizarse de forma presencial o por vía telemática. La consulta presencial suele ser más rápida, ya que los informes suelen emitirse al momento, y permite obtener asesoramiento por parte del personal en caso de ser necesario.
¿Cómo hacer la consulta? Hay un impreso Modelo 790 que deberás cumplimentar, tanto si decides acudir de manera presencial como si haces la consulta por vía telemática. El costo de la tasa es aproximadamente de 10 €.
Transcurridos 15 días hábiles a partir del fallecimiento del familiar, podrás presentar la solicitud, adjuntando el certificado de defunción obtenido en el Registro Civil.
Una vez obtenido el informe que indique si el familiar tenía algún seguro contratado y con qué compañía, se deberá contactar a dicha compañía para conocer quiénes son los beneficiarios designados. Dando los datos personales del fallecido y del familiar solicitante, desde la compañía deberán facilitar una copia de la póliza de vida donde constará el nombre de los beneficiarios de la misma. Con dicha información, los beneficiarios podrán solicitar la indemnización correspondiente.
Limitaciones para el cobro de la póliza
Aproximadamente el 50% de la población española cuenta con algún tipo de póliza de vida, ya sea mediante la contratación de seguros de vida por riesgo o productos de ahorro o jubilación. Sin embargo, para poder cobrar la indemnización, es importante tener en cuenta que existen diversas limitaciones.
Debido a la exclusión de las pandemias en algunas pólizas de vida, los fallecimientos a causa del coronavirus han generado múltiples interrogantes. En general, los seguros de vida están cubriendo este escenario, pero se presta atención al estado de salud previo del asegurado o la existencia de patologías que pudieran haber aumentado el riesgo de fallecimiento por la Covid-19.
Si la fecha de contratación de la póliza no es muy lejana, las enfermedades preexistentes a la firma del contrato suelen ser el principal obstáculo para el cobro de la indemnización. Además, el seguro puede tener un período de carencia que, si el fallecimiento ocurriera durante el mismo, también podría dar limitaciones.
En la contratación de los seguros de vida no vale aquello de que “solo nos acordamos de Santa Bárbara cuando truena”. Para evitar este tipo de situaciones, se recomienda contratar un seguro de vida cuando se goza de buena salud. Si lo hacemos cuando se presente una enfermedad o patología y lo ocultamos en el cuestionario de salud, y no nos han realizado ninguna revisión médica obligatoria por el importe del capital, la compañía aseguradora puede anular la cobertura en caso de fallecimiento y dejar a los beneficiarios sin indemnización.