Cuando llega el final, ¿qué?
Vaya por delante que, nunca había hablado de ese tema, hasta que la noticia del 324 de lunes 13, me impactó.
Cada año, uno de cada 3 entierros es de beneficencia.
Nacho Loriente se exclama de que no tiene dinero para pagar un entierro y tiene su madre, hace 3 semanas en el tanatorio, a la espera de que lo entierren.
¿Qué haces? Si no pasas por tener un seguro o tener siempre unos ahorros, ¿no puedes morirte? Pregunta él.
Los hijos han pedido a los servicios sociales acogerse a un entierro de beneficencia, pero se lo han denegado.
Según el Ayuntamiento de Barcelona los ingresos de la madre superan en 3.000€ el dintel que marca el decreto, sólo se puede acoger a los difuntos que en el último año hayan cobrado menos de 11.000€.
La queja es porque la ley no mira la situación económica de la persona que debe hacerse cargo de un difunto.
En su caso, sólo puede acogerse a un descuento de 400€, pero el precio en Barcelona es de un mínimo de 2.000€.
Cada año se bonifican un 1% de los entierros y casi un 3% terminan siendo gratuitos.
Según Miquel Trepat, director general de Cementerios de Barcelona, estas ayudas están pensadas más para personas solas y sin hogar o familias que en un momento dado tienen una situación complicada, para ayudar a tener una inhumación digna.
La funeraria no es pública sino privada y poco más pueden hacer desde el ayuntamiento.
Esta situación es similar en todo el país.
Sabemos que el dinero del difunto no se puede disponer hasta que los herederos hayan aceptado la herencia y, por tanto, hayan hecho frente a los impuestos que la misma comporta.
¿Tenemos conciencia de la situación en la que se encontrarán cuando tengan que hacerse cargo de nuestro entierro?
¿Sabemos la documentación que debe solicitarse para declarar la defunción y cómo tramitarla?
La vida es finita y no sabemos la fecha de caducidad.
Se heredan derechos y obligaciones, bienes y deudas.
Préstamos, la escuela y/o universidad de los hijos, el propio entierro y otros. ¿Podrán heredar?
Dejar solucionado, al menos, cómo podrán hacer frente a gastos que los herederos y herederas tendrán cuando ya no estemos, es un acto de responsabilidad personal y familiar.
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FUENTE: TV3 Telenoticies comarques